Recuperación de patrimonio de Medicaid
El propósito declarado de Medicaid es brindar "cobertura médica a millones de estadounidenses, incluidos adultos, niños, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con discapacidades elegibles de bajos ingresos".En 1993, se promulgó una ley federal que requiere que todos los estados implementen un programa de "recuperación de patrimonio de Medicaid" para dos grupos de personas que reciben beneficios de Medicaid: los mayores de 55 años que han recibido asistencia de Medicaid y cualquier persona institucionalizada permanentemente que recibió Asistencia de Medicaid (independientemente de la edad).
Si usted o un ser querido pertenece a uno de estos dos grupos, entonces su patrimonio, o el patrimonio de su ser querido, estarán potencialmente sujetos a un gravamen de Medicaid o "impuesto por muerte" después de su muerte. Esto es lo que necesita saber sobre este impuesto.
Recuperación de patrimonio de Medicaid
Si un beneficiario de Medicaid fallecido pertenece a uno de los dos grupos cubiertos por la recuperación del patrimonio, el estado debe recuperar suficientes activos del patrimonio para cubrir los costos de Medicaid relacionados con la cobertura de la atención a largo plazo y los beneficios hospitalarios y de medicamentos relacionados. Esto incluye los pagos de Medicaid para los costos compartidos de Medicare para estos servicios.
Sin embargo, estos son los montos mínimos sujetos a recuperación, y la recuperación del patrimonio de Medicaid se rige por la ley estatal.Más allá de este mínimo, cada estado puede establecer sus propias reglas sobre lo que se puede y no se puede recuperar. Muchos estados eligen recuperar más de este mínimo, y es posible que los estados intenten recuperar suficientes activos del patrimonio para cubrir todas Costos de Medicaid incurridos durante la vida del beneficiario fallecido.
Los activos sujetos a recuperación patrimonial son aquellos que pasan por un proceso sucesorio. Dado que la sucesión en sí se rige por la ley estatal, estas leyes varían de un estado a otro. Es esencial comprender qué activos están sujetos a legalización en su estado (a los que se hace referencia con bastante acierto como "activos de legalización"). También es importante comprender si su estado ha expandido los activos sujetos a recuperación más allá de los activos testamentarios, como en Arkansas, Connecticut y Georgia.
Cómo la planificación patrimonial de Medicaid afecta la recuperación
En general, la primera categoría de beneficiarios de Medicaid cuyas herencias están sujetas a la recuperación de herencias de Medicaid cubre a aquellos con bajos niveles de ingresos y activos. Esto plantea una pregunta bastante obvia: "Si necesita tener bajos niveles de activos e ingresos para calificar para Medicaid, ¿cómo es posible que le queden activos en su patrimonio cuando muera para que el estado los cobre?"
Aquí es donde entra en juego la "planificación de Medicaid" o la "planificación patrimonial de Medicaid". Como dice el American Council on Aging, "la planificación de Medicaid permite que los beneficiarios de Medicaid de atención a largo plazo cumplan con el límite de activos de Medicaid para fines de elegibilidad, al mismo tiempo que protegen legalmente los activos (también llamados recursos) de familiares y seres queridos para futuras herencias".
El objetivo principal de este tipo de planificación es calificar a una persona enferma para los beneficios de Medicaid (generalmente lo antes posible). Sin embargo, otro objetivo es tomar los activos que estarán sujetos a la recuperación del patrimonio de Medicaid según la ley estatal aplicable (denominados "activos no exentos") y convertirlos en activos que no estarán sujetos a la recuperación del patrimonio de Medicaid (denominados "activos exentos" ").
Mientras más planificación de Medicaid se requiera para calificar para los beneficios, es más probable que tenga activos no exentos.
¿Qué activos están sujetos a la recuperación del patrimonio de Medicaid?
Dicho esto, todo esto todavía se reduce a la ley estatal. Si bien en algunos estados, es posible que una persona enferma esté lo suficientemente arruinada en papel como para calificar para Medicaid, es posible que no sea posible convertir todos los activos que posee el beneficiario de un activo no exento en un activo exento; depende de cómo agresivas son las leyes estatales de recuperación de patrimonio de Medicaid.
Lo que puede ser un activo exento en un estado puede no serlo en otro estado. Esto significa que, lamentablemente, es imposible siquiera dar una lista amplia y general de lo que puede o no estar exento.
Aquellos que están preocupados por proteger los activos de la recuperación del patrimonio de Medicaid se benefician mejor consultando a un abogado de ancianos en el estado donde vive la persona enferma para determinar qué activos de la persona enferma estarán exentos y cuáles probablemente serán recuperados por las autoridades estatales. .
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